Mediante la Resolución 3246 de 2018 el Ministerio de Transporte, reglamentó la instalación y uso obligatorio de cintas retrorreflectivas en vehículos automotores tipo: bus (abierto, chiva o escalera y cerrado), buseta (abierto, chiva o escalera y cerrado), microbús, camión, camioneta (panel, van, estacas y furgón), tracto-camión (Camión tractor), volqueta, así como en los remolques y semirremolques con un peso bruto vehicular superior a 0.75 toneladas, que transiten por las vías públicas o privadas que están abiertas al público, o en las vías privadas, que internamente circulen vehículos.
Viceministerio de Transporte, solicita la prórroga del plazo establecido en el artículo 3 de la Resolución 3246 del 3 de agosto de 2018, señalando que ante el grupo de Seguridad Vial del Ministerio de Transporte se han radiado más de 120 solicitudes, en las cuales expresan inconvenientes por la entrada en vigencia de la resolución.
Se resolvió prorrogar por seis (6) meses más el plazo para instalar y usar las cintas retrorreflectivas, establecido en el artículo 3 de la Resolución 3246 de agosto 3 de 2018 del Ministerio de Transporte.
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